Saltar al contenido
Ornia & CampalAbogados
Fachada de un edificio residencial moderno vista desde el patio interior

Comunidades de propietarios

Morosos, obras y acuerdos que no se cumplen.

Asesoramos a comunidades de propietarios y también a vecinos que se enfrentan a su comunidad. Cobro de cuotas impagadas, impugnación de acuerdos de la junta, defectos de construcción, filtraciones y daños en zonas comunes. Es un terreno donde conocer el procedimiento ahorra años.

Te ayudamos si…

  • Hay vecinos que llevan meses o años sin pagar las cuotas
  • Un acuerdo de la junta os perjudica y queréis impugnarlo
  • El edificio tiene defectos constructivos y la promotora no responde
  • Hay filtraciones o daños y nadie asume quién paga
  • Un vecino ha hecho obras que afectan a elementos comunes
  • El seguro de la comunidad se niega a cubrir un siniestro

Un año para impugnar un acuerdo, y a veces solo tres meses

Los acuerdos de junta contrarios a la ley o a los estatutos se pueden impugnar en el plazo de un año. Pero si el acuerdo es meramente lesivo o abusivo, el plazo baja a tres meses desde su adopción o notificación. Conviene mirarlo en cuanto llega el acta.

Lo que más nos preguntan

¿Cómo se reclama a un vecino moroso?

Con el procedimiento monitorio de la Ley de Propiedad Horizontal, que es ágil y permite además reclamar los gastos generados. Lo esencial es tener bien certificada la deuda por el secretario con el visto bueno del presidente.

¿Puede la comunidad reclamar los honorarios del abogado?

En estos monitorios la ley permite repercutir al deudor los gastos de abogado y procurador aunque su intervención no fuera preceptiva, siempre que se cumplan los requisitos. Es una de las particularidades más útiles de esta vía.

LlamarCuéntanos tu caso